viernes, 24 de abril de 2009

APLAZAMIENTO DE HIPOTECA

¿¿ ...???

Son cuatro los grupos de personas que pueden acogerse a esta medida:
1. Los trabajadores por cuenta ajena en situación legal de desempleo desde hace al menos tres meses con derecho a prestaciones por desempleo, contributivas o no contributivas.
2. Trabajadores por cuenta propia que se hayan visto obligados a cesar en su actividad económica y se mantengan así durante al menos tres meses.
3. Trabajadores por cuenta propia que acrediten ingresos íntegros inferiores a tres veces el importe mensual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) durante, al menos, tres mensualidades. Para 2009, el borrador de presupuestos establece un importe mensual para el IPREM de 527,24 euros. Es decir, quienes declaren ganar menos de esta cantidad durante tres meses podrán solicitar el aplazamiento.
4. Pensionistas de viudedad por fallecimiento ocurrido una vez concertado el préstamo hipotecario y, en todo caso, en fecha posterior al 1 de septiembre de 2008.

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